VENEZUELA - ESTADOS UNIDOS de VENEZUELA - JUAN BAUTISTA PÉREZ Presidente Constitucional Era bien conocido el hecho que el Dr. Pérez solo cumplía con la representación de la Primera Magistratura, pues ejercía la Presidencia de manera nominal dado que había sido designado para el cargo por voluntad del General JUAN VICENTE GÓMEZ, quien realmente detentaba el poder en Venezuela < > MONEDA de oro de 10 BOLÍVARES de 1930 < > La moneda venezolana de oro de la época no mostraba la denominación del valor * Se le ha llamado también "REALITO de ORO" * Moneda de circulación, conmemorativa del CENTENARIO de la MUERTE del LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR en 1830 * En monedas de la misma denominación y de una misma fecha, puede haber variantes. Para distinguirlas hemos asignado una numeración a cada una: VARIANTE NG.1 - FECHA = Arqueada. El "30" es más grande, y el "3" lo es más * La acuñación estuvo a cargo de la Casa de Moneda de Filadelfia en Estados Unidos No hay marca de ceca "BARRE" = Firma de ALBERT-DÉSIRÉ BARRE, Grabador General de Monedas, cargo que ejerció en París desde 1855 hasta 1878. Fue autor, tanto del modelo y del grabado de la moneda venezolana de plata de la Libertad, como de las monedas venezolanas con el rostro del Libertador, para el cual se inspiró en el dibujo de Carmelo Fernández * De los documentos de las acuñaciones venezolanas, recopilados en el libro de la Dra. Mercedes Carlota Sánchez de Pardo, hemos extraído ciertos datos de importancia sobre la moneda de 10 Bolívares de 1930: Se mandó acuñar por Resolución del Ministerio de Hacienda, Dirección del Tesoro del 8 de febrero de 1930: "En cumplimiento de la Ley de 25 de mayo de 1925, que autoriza la acuñación de moneda de oro y del Decreto de 27 de febrero de 1926, que dispone efectuar dicha acuñación, el Presidente de los Estados Unidos de Venezuela dispone que durante el curso del corriente año se acuñen las quinientas mil piezas de moneda de oro de diez bolívares, a que dicho Decreto se refiere, las cuales se pondrán en circulación el 17 de diciembre de 1930, en conmemoración del Centenario de la muerte del Libertador." El 19 de febrero de 1930 se suscribió un convenio entre el Gobierno Nacional y el Banco de Venezuela, representado el primero por el Ministro de Hacienda Rafael María Velasco, y el segundo en la persona de su Presidente Vicente Lecuna. El Banco gestionaría la acuñación en la ceca de Filadelfia, y el traslado a Venezuela * La Dra. Pardo sigue comentando en su libro: "La idea que privó en el ánimo del Ejecutivo al ordenar una acuñación de monedas de oro de bajo precio era de hacerla accesible a la mayoría de los venezolanos para que todos se sintieran partícipes del homenaje que se rendía a la memoria del Libertador...." * Aquel mismo año, el Gobierno ordenó el pago total de la deuda externa. De manera extraoficial se dijo, que la nueva moneda, además de ser en honor del Centenario del Libertador, también conmemoraba el pago de la deuda De las quinientas mil monedas que se acuñaron, sólo un diez por ciento aproximadamente salió a circulación. El resto quedó como reserva de la Nación * |