VENEZUELA - ESTADOS UNIDOS de VENEZUELA - Benemérito General JUAN VICENTE GÓMEZ Presidente de Venezuela hasta el 17 de diciembre de 1935 cuando según los reportes oficiales se informó que había fallecido. El 18 de diciembre, el General ELEAZAR LÓPEZ CONTRERAS Ministro de Guerra y Marina fue nombrado Presidente Encargado por disposición constitucional < > Moneda de plata de 5 BOLÍVARES de 1935 < > La moneda venezolana de plata de la época no mostraba la denominación del valor * Se le conoció comúnmente como 'FUERTE'. El apelativo nació en tiempos de las Provincias Españolas en América cuando un peso fuerte valía diez reales, el mismo valor que constituía la moneda de 5 Bolívares * En monedas de la misma denominación y de una misma fecha, puede haber variantes. Para distinguirlas hemos asignado una numeración a cada una: VARIANTE NG.1 FECHA = El '5' es algo más pequeño, no equidistante, y más alejado de los otros dígitos * La acuñación estuvo a cargo de la Casa de Moneda de Filadelfia en los Estados Unidos No hay marca de ceca "BARRE" = Firma de ALBERT-DÉSIRÉ BARRE, Grabador General de Monedas, cargo que ejerció en París desde 1855 hasta 1878. Fue autor, tanto del modelo y del grabado de la moneda venezolana de plata de la Libertad, como de las monedas venezolanas con el rostro del Libertador, para el cual se inspiró en el dibujo de Carmelo Fernández * De los documentos de las acuñaciones venezolanas, recopilados en el libro de la Dra. Mercedes Carlota Sánchez de Pardo, hemos extraído ciertos datos de importancia sobre la moneda de 5 Bolívares de 1935: El 12 de noviembre de 1934, el Presidente Juan Vicente Gómez dictó un decreto interesante, pues a diferencia de muchos, enumeraba las razones apremiantes para ordenar una acuñación de moneda "Por cuanto el Banco de Venezuela en cumplimiento del artículo 16 del Contrato celebrado con el Gobierno Nacional de 9 de junio de 1930, en virtud del cual se obliga a procurar la regulación de la circulación monetaria en el país, ha manifestado al Ejecutivo Federal que con motivo de las disposiciones adoptadas para la estabilización del cambio y de las importaciones de oro acuñado que últimamente se han efectuado, ha disminuido la existencia de plata y billetes en los fondos de Reserva del Tesoro Nacional y se ha escaseado el numerario en circulación; (………………) y es de urgente necesidad proceder a una acuñación de plata que compense las cantidades de oro importadas; Por cuanto el Ejecutivo Federal juzga que es de necesidad imperiosa proceder a esta acuñación, porque las circunstancias económicas extraordinarias originadas por la crisis requieren que continúen en vigor las medidas de emergencia que se han adoptado a favor de los exportadores para conservar el tipo actual de cambio; Por cuanto esta acuñación (..........) no puede ser demorada hasta la próxima reunión del Congreso Nacional sin riesgo de agravar la escasez de numerario circulante (…………………) Decreta (………………)" Se enumeran las cantidades a acuñar de todos los valores de plata, disponiendo que 8.000.000 de Bolívares fueran en 1.600.000 monedas de 5 Bolívares. * El día siguiente se suscribió un convenio entre el Gobierno Nacional y el Banco de Venezuela, representado el primero por el Ministro de Hacienda Efraín o Efraím González, y el segundo en la persona de su Presidente Vicente Lecuna. El banco gestionaría la acuñación en la ceca de Filadelfia, y lo concerniente al traslado a Venezuela * |